Acceso preferente PMR

Servicios especiales para personas con discapacidad

Usuarios del servicio

Con carácter general tienen la posibilidad de usar el servicio de acceso preferente las personas que presenten las siguientes condiciones:

  • Discapacidad física o intelectual igual o superior al 33%.

Será necesario demostrar la condición alegada mediante documentación oficial acreditativa, además del Documento Nacional de Identidad o equivalente.

Dada la gran casuística que se puede producir, Isla Mágica se reserva el derecho de aprobar la prestación de este servicio para visitantes que presenten circunstancias de carácter especial o excepcional no recogidas de forma expresa en este apartado.

De igual modo, este servicio se podrá suspender temporalmente en todas o en alguna de las atracciones, por razones operativas, de seguridad, técnicas o por cualquier otra que así se estime a juicio de Isla Mágica.

Acceso familiar

Con objeto de mejorar el servicio prestado a los visitantes con discapacidad, se fija la posibilidad de acceder a algunas de nuestras atracciones a todo un grupo familiar en un solo acceso (siempre que las condiciones particulares de cada atracción lo permitan).

Esta opción se puede dar en: La Flota Mercante, La Travesía, Anaconda, Navío Barbarroja, Tren del Potosí, Iguazú, Toneles, Capitán Balas, Dimensión 4, Rápidos del Orinoco, Zum Zum las Abejitas y ¡A los cañones!

  • Dicho grupo familiar tendrá un máximo de 4 componentes (incluida la persona discapacitada).
  • No se podrá repetir el acceso familiar hasta transcurridos al menos 30 minutos.

Normas de uso

El usuario de este servicio debe conocer y cumplir las siguientes normas de uso:

1. El usuario de este servicio no está exento de cumplir las normas generales de uso de las atracciones y las condiciones de acceso individuales de cada atracción.

2. Al usuario le deberán ser de aplicación las medidas de seguridad propias de cada atracción y, además, en determinadas atracciones debe disponer de capacidad física para agarrarse con ambas manos y mantener el torso erguido. Por ejemplo, El Desafío, Anaconda, Las Llamas, Jaguar, Iguazú, Rápidos del Orinoco y ¡A los cañones!

3. El Pase de Temporada marcado como “Acceso preferente” y las pulseras identificativas de este servicio son de uso personal e intransferible.

4. Las pulseras identificativas serán válidas únicamente el día de su colocación.

5. Para acceder a la atracción utilizarán la vía de salida de la misma dirigiéndose al personal de operaciones, sin en ningún caso pasar al interior de vehículos o zonas de tránsito hasta ser autorizados.

6. El visitante con discapacidad debe identificarse como usuario autorizado del servicio de acceso preferente mediante la pulsera de color o, en el caso de los poseedores de Pase de Temporada, mediante la anotación “PREF” en su Pase.

7. En algunas atracciones (La Flota Mercante, La Travesía, Anaconda, Navío Barbarroja, Tren del Potosí, Iguazú, Los Toneles, Capitán Balas, Dimensión 4, Rápidos del Orinoco, Zum Zum las Abejitas y ¡A los cañones!) existe la posibilidad de acceso conjunto para un grupo familiar. Siempre acompañando al visitante con discapacidad y con un máximo de 4 personas en total (incluyendo a la persona con discapacidad). Servicio sujeto a disponibilidad.

8. La capacidad de cada atracción, en lo que a pasajeros con movilidad reducida se refiere, es muy limitada por razones de seguridad. Esta varía en función de la atracción y de otras circunstancias operativas. El personal de la atracción informará sobre esta cuestión y otras de interés en el momento del acceso. En todo caso, recuerde que es obligatorio que cada pasajero con discapacidad vaya acompañado de una persona sin discapacidad que le pueda asistir.

9. En el caso de discapacidades intelectuales o personas sordas, recuerde que es muy importante que el visitante haya entendido correctamente las instrucciones para el uso seguro de la atracción, ya sea de forma directa o a través de la persona que le asista.

10. El Acceso Familiar de un preferente a una atracción no se podrá repetir hasta transcurridos al menos 30 minutos.

En el caso de preferente individual más acompañante, la repetición en el uso de la atracción solo estará permitida en caso de baja afluencia de público, a juicio del personal de Isla Mágica.

11. El uso indebido de este servicio por parte del beneficiario podrá suponer la anulación de este. Además, Isla Mágica se reserva el derecho de anular el servicio de acceso preferente por razones de seguridad, técnicas, operativas o cualquier otra que se estime a juicio de Isla Mágica.

12. En el caso de espectáculos, el acceso preferente estará destinado a personas con movilidad reducida (PMR), personas en sillas de ruedas, personas con discapacidad intelectual superior al 33 % y aquellas que presenten circunstancia de carácter excepcional no recogidas de forma expresa en este apartado. Recuerde que la condición alegada debe ser verificada por la Oficina de Atención al Visitante de Isla Mágica. El acceso preferente por discapacidad incluye un acompañante.

13. El uso de este servicio conlleva la aceptación de las normas de uso del mismo. Dicha normativa de uso permanecerá expuesta en la oficina de Atención al Visitante de parque Isla Mágica.

Visitas de grupos organizados

Las visitas de grupos organizados están formadas en parte por visitantes con discapacidad y por un número indeterminado de acompañantes, familiares o monitores.

Para obtener una accesibilidad más rápida y segura a las atracciones, es muy recomendable seguir las siguientes normas:

1. Al entrar al parque, y una vez obtenida la acreditación prevista en el Servicio de Acceso Preferente para visitantes discapacitados, acuda a la Oficina de Atención al Visitante, que se encuentra en la entrada principal del mismo. Aquí le podrán orientar y aconsejar sobre la oferta de atracciones, espectáculos, restauración, etc. que mejor se adapta a las condiciones de su grupo.

Además, le informarán sobre aspectos concretos de seguridad y procedimientos de acceso a las atracciones que le pueden ser de gran ayuda.

2. A la hora de disfrutar de las atracciones, divida el grupo principal (especialmente si supera los 10 miembros) en varios más pequeños, de forma que el grupo que desee entrar en una atracción al mismo tiempo sea lo más pequeño posible (máximo 8 personas).

3. Una vez en la atracción, sólo una persona (portavoz) debe entrar en la misma (por la puerta de salida) y ponerse en contacto con el personal de Isla Mágica para, una vez transmitidas las características del grupo, recibir las indicaciones sobre el procedimiento a seguir.

Recuerde que las condiciones de este procedimiento de embarque y desembarque de los vehículos podrá variar de una atracción a otra o de una fecha a otra en función de las condiciones operativas, técnicas o meteorológicas imperantes en cada momento.

4. Para acceder a la atracción se utilizará la puerta y vial de salida de las mismas (excepto Iguazú, posee acceso independiente) dirigiéndose a continuación al personal de la atracción. Estos accesos se encuentran debidamente señalizados.

5. Los visitantes deberán seguir las indicaciones del personal de la atracción, poniendo especial cuidado en la seguridad personal propia y evitando aglomeraciones o permanecer en zonas no autorizadas.

6. Las personas con discapacidad que permanezcan en espera o accedan a la atracción deben estar acompañadas como mínimo de una persona que les pueda asistir. El número máximo de acompañantes por cada persona discapacitada será determinado por Operación de Atracciones en función de las características de los preferentes y de la propia atracción. A mayor grado de discapacidad del preferente o mayor riesgo en el uso de la atracción, el número de acompañantes será mayor.

7. El número máximo de preferentes que podrán hacer uso de una atracción al mismo tiempo vendrá dado por las características de estos y por el nivel de riesgo de la atracción. Este número será decidido por el RG en coordinación con el OT de la atracción. A mayor discapacidad del preferente o mayor riesgo en el uso de la atracción, menor será el número de preferentes por ciclo.

8. Isla Mágica se reserva el derecho de anular el Servicio de Acceso Preferente por razones técnicas u operativas.

9. El uso de este servicio conlleva la aceptación de las normas incluidas en esta página y expuestas en la oficina de Atención al Visitante.